Esta política proporciona hasta seis semanas de licencia paternal pagada a los empleados de Servicios Centrales después del nacimiento del hijo de un empleado o por el proceso de adopción de un hijo por parte de un empleado. La política está de acuerdo con las enseñanzas de la Iglesia sobre la vida familiar que indican que, por su naturaleza, el amor de los esposos está dispuesto a una vida de comunión con Dios y entre ellos, con apertura a crear y / o aceptar una nueva vida humana en su familia a la que amarán y cuidarán juntos.
El propósito del permiso paternal remunerado es permitir que el empleado cuide y se vincule con un recién nacido o un recién adoptado. Esta política se ejecutará simultáneamente junto con la de la Ley sobre la Licencia Familiar y Médica (FMLA), según corresponda. Esta política estará vigente para los nacimientos y adopciones que ocurran a partir del 01/11/2016.
Los empleados elegibles deben cumplir con los siguientes criterios:
El empleado proporcionará a su supervisor y al departamento de recursos humanos un aviso de la solicitud de licencia por lo menos 30 días antes de la fecha propuesta para el permiso (o si el permiso no fuera previsible, tan pronto como sea posible). El empleado debe completar los formularios necesarios y proporcionar toda la documentación requerida por el departamento de Recursos Humanos para corroborar la solicitud.